ACTIVIDAD
1. Objetivos de esta actividad.
2. Normativa sobre derechos y deberes.
3. Trabajo por equipos: Estudio de casos.
4. Puesta en común.
DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO EN ANDALUCÍA (LEY 17/ 2007 DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA)
CAPÍTULO I
El alumnado
Sección 1.ª Derechos y deberes
Artículo 6. Igualdad de derechos y deberes.
1. Todo el alumnado tiene los mismos derechos y
deberes. Su ejercicio y cumplimiento se adecuará, cuando proceda, a su
edad y a las características de las enseñanzas que se encuentren
cursando. Los centros educativos dispondrán lo necesario para orientar
la formación del alumnado en el conocimiento y correcto ejercicio de
aquellos.
2. Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de
conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para
Andalucía, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos
en ellos.
3. La Administración educativa realizará el
seguimiento y valoración del ejercicio de los derechos y del grado de
cumplimiento de los deberes del alumnado.
Artículo 7. Derechos del alumnado.
1. El alumnado tiene derecho a una educación de
calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus
capacidades.
2. También son derechos del alumnado:
a) El estudio.
b) La orientación educativa y profesional.
c) La evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar.
d) La formación integral que tenga en cuenta sus
capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo
personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad
individual.
e) El acceso a las tecnologías de la información y
la comunicación en la práctica educativa y el uso seguro de Internet en
los centros docentes.
f) La educación que favorezca la asunción de una
vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así
como la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del
medio ambiente y la sostenibilidad.
g) El respeto a su libertad de conciencia y a sus
convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad,
integridad y dignidad personales.
h) La igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.
i) La accesibilidad y permanencia en el sistema
educativo, por lo que recibirán las ayudas y los apoyos precisos para
compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar,
económico, social y cultural, en el caso de presentar necesidades
específicas que impidan o dificulten el ejercicio de este derecho.
j) La libertad de expresión y de asociación, así
como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
k) La protección contra toda agresión física o moral.
l) La participación en el funcionamiento y en la
vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de
las instalaciones del mismo.
Artículo 8. Deberes del alumnado.
1. El estudio constituye el deber fundamental del
alumnado. Este deber se concreta en la obligación de asistir
regularmente a clase con puntualidad y participar en las actividades
orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del
profesorado; respetar los horarios de las actividades programadas por el
centro y el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y
compañeras.
2. Además del estudio, el alumnado tiene el deber de respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
3. También son deberes del alumnado:
a) El respeto a la libertad de conciencia, a las
convicciones religiosas y morales, y a la identidad, intimidad,
integridad y dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa,
así como a la igualdad entre hombres y mujeres.
b) El respeto a las normas de organización,
convivencia y disciplina del centro docente, y la contribución al
desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.
c) La participación y colaboración en la mejora de
la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de
estudio en el centro.
d) La participación en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que éste determine.
e) El uso responsable y solidario de las
instalaciones y del material didáctico, contribuyendo a su conservación y
mantenimiento.
ESTUDIO DE CASOS
CASO 1: El caso del profesor de Matemáticas en 3º H que explica unos ejercicios que van a caer en un control y ...
CASO 2: El caso de los alumnos/as de un grupo de 3º de la ESO muy molestos por la conducta de unos cuantos compañeros que...
CASO 3: El caso del alumnos que ha copiado en Matemáticas...
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